El criterio adoptado en la presente catalogación motiva una serie de consideraciones previas en cuanto a nomenclatura, territorialidad y prontuario, es decir, aclaraciones de los diferentes términos de la disciplina seguridad social, de la regionalidad americana y del concepto bibliográfico.
El amplio concepto que se da a la seguridad social es producto de su naturaleza, de conglomerado político, económico y social, como ideal y acción del Estado en función de bienestar y riqueza, imponiendo mejores condiciones de vida colectiva y acrecentando la renta nacional. De aquí, que el índice realizado no se concrete sólo a la seguridad social propiamente dicha, y mucho menos a sus términos reducidos de seguro, asistencia, salubridad y educación sociales, sino que se extiende a lo económico y sociológico, tanto como a los derechos del trabajo y agrario, que son en sí medidas de mejorar las condiciones de vida, de empleo y de tenencia de tierra, y por tanto, de bienestar social y desarrollo económico.(AU)