En febrero de 1976 se promulgó la Constitución de la República de Cuba vigente, la cual consagra entre los derechos, deberes y garantías fundamentales en ella regulados, la seguridad social para todo trabajador impedido de laborar por su edad o invalidez y para sus familias en caso de muerte; y la asistencia social para los ancianos sin recursos ni amparo y para cualquier persona no apta para trabajar que carezca de familiares en condiciones de prestarle ayuda.
Conferencia pronunciada en Buenos Aires, en el marco del Seminario "Evolución de las reformas de la seguridad social en América Latina" celebrado del 13 al 17 de noviembre de 2000, copatrocinado por la Asociación Mutual de los Agentes de los Organismos para la Tercera Edad (AMAOTE) de la República Argentina, con la colaboración de ANSES y la OISS.