La ley de 3 de octubre de. 1951 sobre la agricultura y de una ordenanza de 9 de marzo de 1954 relativa al seguro contra los accidentes profesionales y la prevención de los accidentes en la agricultura, se instituirá en. Suiza a partir del lo. de enero de 1955 el seguro contra los accidentes profesionales en la agricultura, y ya están previstas las subvenciones federales y cantonales destinadas a financiar esta carga en provecho de los campesinos de las regiones montañosas. El seguro será obligatorio en las explotaciones agrícolas en que los trabajadores no estén asegurados contra los accidentes en virtud de las disposiciones de la ley de 13 de julio de 1911 que se refiere a los trabajadores de explotaciones agrícolas que puedan ejercer accesoriamente ciertas actividades en la agricultura.