El 17 de junio de 1932, la República Dominicana implantó la legislación sobre accidentes del trabajo, que hace a los patrones responsables por el riesgo de incapacidad para el trabajo adquirida en el ejercicio de éste por el trabajador. Y, en relación con esto, se ha creado un fondo de seguro social para cubrir los accidentes del trabajo. Considerado el primer paso hacia la implantación progresiva del plan del seguro social del Presidente Trujillo. Además, la ley de 30 de diciembre de 1948 ha venido a complementar la de 1932, estableciendo las normas para el seguro social obligatorio, facultativo y familiar.