Acuerdo número 66.335 del H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social de 27 de julio de 1959. Este Acuerdo atiende a la resolución de la Asociación Internacional de la Seguridad Social número 75 de la XI Asamblea General reunida en París en 1953, sobre Prescripción y Consumo de Medicamentos, que razona sobre los inconvenientes del consumo injustificado de medicamentos, que constituyen un peligro para la salud y bienestar de los asegurados y es un serio problema económico para las instituciones de Seguridad Social, y recomienda para evitar estos abusos y males, una reglamentación, por parte de las autoridades de la institución, en lo concerniente a selección de medicamentos y control de precios.