El artículo 16 de las Disposiciones de Carácter General aplicables a los planes de pensiones, señala que, para efectos de su registro electrónico, los patrones deben completar un formulario electrónico, puesto a disposición por la CONSAR en su página de internet, antes del 31 de mayo de cada año. Este último requisito es el fundamento del Sistema de Registro Electrónico de Planes de Pensiones (SIREPP), el cual permite recabar información sobre los tipos de Planes establecidos, la cobertura y los diferentes beneficios que otorgan, así como los requisitos para la obtención de dichos beneficios, la estructura de las aportaciones, las modalidades de pago, la forma como se administran los recursos financieros y la composición de sus carteras.
Las mismas Disposiciones, en su artículo 30, señalan la obligación de CONSAR de publicar una vez al año, en su página de internet, la estadística agregada de la información recopilada a través del SIREPP. El presente documento cumple con este objetivo, al mostrar el estudio estadístico a partir de la información recabada en el periodo ordinario,
de enero a mayo, de 2019.