El autor considera que el proceso contencioso administrativo ordinario no es la mejor vía para gestionar las controversias que relacionan a los pensionistas y los trabajadores del régimen laboral público. Por ello, propone que, al igual que la restructuración loable habida en la justicia civil, a partir de la experiencia de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, se adopte el proceso oral por audiencias mediante el uso intensivo de las tecnologías de la información y las comunicaciones, y que se redistribuyan las competencias de los casos recurrentes, fáciles, de menor complejidad y cuantía, a los jueces de paz letrado, atendiendo a la naturaleza alimentaria de tales pretensiones y a la urgencia en su resolución, hasta cuando nuestro ordenamiento procesal los incorpore legislativamente. (AU)
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