Tradicionalmente los sistemas de pensiones vinculados a la edad de las personas refieren a la vejez como la etapa en que éstas requieren de un ingreso que sustituya al que recibieron durante su vida activa.
Desde el primer seguro de pensiones de vejez establecido por Bismarck en los años ochenta del siglo XIX, la edad 65 fue considerada como el primer año en que las personas entrarían a la vejez, por lo que, si bien no es la edad estandarizada alrededor del mundo, es una de las más utilizadas como condición de adquisición para recibir una pensión.
Incluso el Convenio 102 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en 1952, estableció en su artículo 26 que la edad prescrita para acceder a los beneficios por vejez no debe exceder los 65 años.
Sin embargo, países como España y Japón, solamente por mencionar un par de ejemplos, han desplazado la edad de retiro bajo la justificación del envejecimiento poblacional, fenómeno que a su vez ha provocado, como señalan Mendizábal y Ruiz (2014) que la Organización Mundial de la Salud (OMS) catalogue a la tercera edad como el grupo de personas que tienen entre 60 y 80 años de edad, mientras que aquellas que rebasan este límite se clasifiquen en la cuarta edad o senectud.(AU)